Suprema Corte deja firme condena contra Jean Alain Rodríguez


SCJ rechaza recurso y mantiene indemnización a Marino Zapete

Santo Domingo. La condena civil impuesta al exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez Sánchez, a favor del periodista Marino Zapete Corniel quedó definitivamente firme luego de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarara inadmisible el recurso de casación presentado por el exfuncionario.

Marino Zapete, periodista.

La decisión está contenida en la sentencia SCJ-PS-26-1757, emitida el 31 de agosto de 2026, mediante la cual el alto tribunal concluyó que el recurrente no acreditó el interés casacional requerido por la Ley núm. 2-23. Como resultado, la Suprema Corte no entró a examinar el fondo de los argumentos planteados y dejó vigente la sentencia dictada por la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La resolución que permanece en vigor, identificada con el número 1303-2024-SSEN-00306 y emitida el 26 de agosto de 2024, condena a Rodríguez Sánchez al pago de RD$2 millones por concepto de daños morales a favor de Zapete, además de un interés judicial de 1.5 % mensual desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución definitiva.

El caso tiene su origen en las informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019 en el programa El Jarabe de Zapete, transmitido por Teleradio América. Durante esa emisión, el comunicador presentó una investigación sobre contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y la empresa Grupo Asimra, SRL, para el suministro de cemento asfáltico AC-30.

De acuerdo con los antecedentes recogidos en las decisiones judiciales, dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del entonces procurador, en representación de la empresa. Posteriormente, la empresaria negó haber sido suplidora del Estado y presentó una acusación penal privada por difamación contra Zapete, proceso del que desistió en el año 2020.

La Corte también rechazó la demanda presentada contra Maybeth Rodríguez Sánchez y concluyó que no fueron demostrados daños materiales. Sin embargo, atribuyó responsabilidades civiles por los daños morales reconocidos al periodista, decisión que ahora queda ratificada tras el fallo de la Suprema Corte.

Previous En directo: jefe de la Liga Árabe y Riad condenan el presunto ataque hutí contra La Meca
Next ¿El efecto Sydney Sweeney? El deporte femenino rechaza sexualizar su papel como atletas