TSA anula permisos urbanísticos del proyecto Everest Tower en Piantini 


Sentencia favorece al ADN tras determinar violaciones a normas urbanísticas 

SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) anuló los permisos urbanísticos otorgados al proyecto Everest Tower, una de las construcciones más controvertidas de Piantini, al concluir que las autorizaciones fueron emitidas en violación de las normas municipales que regulan el uso de suelo, la densidad poblacional, la altura de las edificaciones y los retiros obligatorios. 

La decisión, emitida por la Cuarta Sala del TSA, acogió un recurso contencioso administrativo presentado por el Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) y dejó sin efecto varios certificados de uso de suelo y de no objeción que habían permitido el avance del desarrollo inmobiliario. 

En la sentencia núm. 0030-1642-2026-SSEN-00280, dictada el pasado 9 de julio de 2026, el tribunal determinó que las autorizaciones concedidas al proyecto contravenían disposiciones contenidas en la Resolución Municipal núm. 94-98 y en la Ordenanza núm. 9/2019, que establece el Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Nacional. 

Según el fallo, la aprobación de proyectos incompatibles con las regulaciones urbanísticas representa una afectación directa al interés público y compromete aspectos esenciales del ordenamiento de la ciudad. 

Cambios ampliaron el alcance original del proyecto

La evaluación judicial estableció que las renovaciones y modificaciones posteriores transformaron de manera significativa la propuesta inicialmente presentada. 

De acuerdo con la sentencia, el proyecto comenzó como un edificio de 64 apartamentos, pero posteriormente fue autorizado como un complejo de usos múltiples que incluiría 238 suites tipo condominio-hotel, restaurantes, oficinas, áreas de servicios, salones para eventos y un helipuerto. 

Para el tribunal, estas modificaciones aumentaron considerablemente la intensidad de ocupación del inmueble y generaron una carga urbanística superior a la permitida para la zona. 

“La transformación autorizada produjo un incremento sustancial de la densidad y de los impactos urbanísticos del proyecto”, establece la decisión judicial. 

El fallo señala que la densidad proyectada alcanzaba aproximadamente 3,763 habitantes por hectárea, una cifra que excede los parámetros establecidos por la normativa vigente para ese sector de la capital. 

Altura y retiros también incumplían la normativa

La sentencia también examinó la configuración física del edificio y concluyó que la estructura aprobada superaba los límites de altura permitidos para las vías terciarias tipo A. 

El diseño contemplaba 22 niveles sobre rasante, además de áreas complementarias destinadas a restaurantes, servicios y un helipuerto ubicado en la azotea. 

Asimismo, los jueces verificaron que algunos de los retiros laterales y posteriores aprobados eran inferiores al mínimo requerido de cuatro metros para edificaciones de esa dimensión. 

Según el tribunal, estas irregularidades repercuten directamente en condiciones de ventilación, iluminación, privacidad, seguridad e integración urbana. 

En relación con el helipuerto, la sentencia aclaró que cualquier autorización emitida por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) se limita a aspectos de seguridad operacional aérea y no sustituye las evaluaciones urbanísticas que corresponden al gobierno local. 

Reclamos vecinales coinciden con el fallo

La decisión judicial coincide con las objeciones planteadas durante años por residentes y representantes comunitarios de Piantini, quienes habían advertido sobre el impacto que una torre de esa magnitud podría generar en una zona caracterizada por una alta congestión vehicular y una vocación mayoritariamente residencial. 

Al concluir su análisis, el TSA sostuvo que la protección del interés público en materia urbana implica preservar el ordenamiento territorial, la movilidad, la sostenibilidad ambiental, la seguridad jurídica y la calidad de vida de los ciudadanos. 

Como resultado del fallo, quedaron revocados todos los efectos de los certificados anulados vinculados al proyecto Everest Tower. Además, el proceso fue declarado libre de costas y se ordenó la notificación de la sentencia a las partes involucradas, así como su publicación en el boletín oficial del Tribunal Superior Administrativo.

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