
La Circular 002957 exige comprobantes de pago y prohíbe trasladar disputas entre prestadores y ARS a los afiliados
Santo Domingo, RD.- La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) reforzó las medidas para proteger a los afiliados del Seguro Familiar de Salud (SFS) frente a cobros indebidos y recordó a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) la obligación de entregar comprobantes por los pagos realizados por servicios contemplados en el Plan Básico de Salud.
La disposición está contenida en la Circular 002957, mediante la cual la entidad reguladora establece además que los prestadores deberán facilitar, de acuerdo con sus capacidades operativas, alternativas para realizar los pagos autorizados, entre ellas tarjetas bancarias, transferencias y otros medios electrónicos disponibles.
La SISALRIL indicó que estas disposiciones buscan fortalecer la transparencia de las transacciones y facilitar la verificación de los pagos correspondientes a copagos, cuotas moderadoras y otros montos procedentes por los servicios recibidos.
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Las disputas no deben afectar al afiliado
La circular precisa que las controversias entre las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), los PSS y los profesionales de la salud relacionadas con tarifas, honorarios médicos, formas de pago, glosas, auditorías, autorizaciones, objeciones, reclamaciones y otros aspectos contractuales deben ser resueltas mediante los mecanismos establecidos entre las partes.
Cuando esos mecanismos no permitan alcanzar una solución, las controversias podrán ser sometidas a la SISALRIL, dentro del ámbito de sus atribuciones.
La institución establece que estos desacuerdos no pueden trasladarse a los afiliados mediante cobros adicionales, condicionamiento de la atención, retención de documentos, suspensión injustificada de servicios u otras actuaciones que limiten o dificulten el acceso oportuno a las prestaciones cubiertas por el SFS.
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SISALRIL dará seguimiento a prestadores
La SISALRIL también reiteró las disposiciones de la Circular 000687, emitida el 22 de mayo de 2025, sobre prácticas de cobros indebidos a afiliados del Seguro Familiar de Salud y del Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
La entidad informó que dará seguimiento al cumplimiento de las medidas y recordó a las ARS su obligación legal de monitorear su red de prestadores.
Cuando sean detectadas irregularidades que afecten los derechos de los afiliados, las ARS deberán adoptar los mecanismos contractuales y de seguimiento correspondientes.
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La entidad reguladora señaló que las disposiciones buscan fortalecer la transparencia de los pagos, ampliar las opciones disponibles para realizar transacciones autorizadas y contribuir a la protección financiera de los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
