
El Decreto 675-26 fija en cuatro años la vigencia uniforme de las licencias y elimina la edad como criterio de restricción.
SANTO DOMINGO.– El presidente de la República, Luis Abinader Corona, dictó el Decreto núm. 675-26, fechado el 29 de septiembre de 2026, que modifica el Reglamento de Licencias de Conducir para aplicar la sentencia TC/0904/26 del Tribunal Constitucional y elimina la edad como criterio para limitar o reducir la vigencia de las licencias de conducir.
La disposición, que deroga el Decreto núm. 330-26, establece que las licencias y autorizaciones para conducir tendrán una vigencia uniforme de cuatro años, con vencimiento el día del cumpleaños de su titular, conforme al artículo 208 de la Ley núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
El nuevo marco busca evitar un vacío normativo y garantizar seguridad jurídica para los ciudadanos, al tiempo que incorpora disposiciones para impedir cualquier discriminación por edad durante los procesos de renovación.
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Edad no será criterio para renovar
El decreto establece expresamente que la edad, por sí sola, no podrá utilizarse como criterio único para limitar, reducir o denegar la vigencia de una licencia o autorización para conducir.
La aptitud para conducir será determinada mediante exámenes físicos, teóricos y prácticos, que deberán aplicarse sin discriminación. Estas evaluaciones se realizarán conforme a las facultades otorgadas por la Ley 63-17 al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
La medida responde al mandato del Tribunal Constitucional, que declaró contraria a la Constitución la distinción basada exclusivamente en la edad para condicionar o reducir la vigencia de las licencias.
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Suspensión mantiene causales legales
La normativa también establece que la suspensión o cancelación de una licencia únicamente procederá por las causas previstas en la ley: cuando el titular deje de cumplir los requisitos exigidos o cuando un certificado médico acredite una imposibilidad física o mental permanente para conducir.
En ambos casos deberá garantizarse el debido proceso administrativo.
Con el Decreto 675-26, el Poder Ejecutivo ratifica su compromiso con el Estado social y democrático de derecho, la seguridad jurídica y la protección de los derechos fundamentales, con especial atención a los adultos mayores y su integración a la vida activa y comunitaria.
La disposición reafirma además la decisión del Gobierno de cumplir las sentencias del Tribunal Constitucional y mantener el marco normativo orientado al respeto de la dignidad humana.
