
Deberá pagar más de RD$1.5 millones por energía no facturada y daños a Edesur
La Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE) obtuvo una condena de tres años de prisión, con suspensión de la pena bajo reglas, contra Samuel Matías de León Acosta, tras demostrar su responsabilidad en un fraude eléctrico detectado en un negocio de venta de bebidas alcohólicas ubicado en el sector Herrera, en Santo Domingo Oeste.
Además de la condena, el tribunal ordenó al comerciante el pago de más de RD$1.5 millones por energía consumida de forma irregular, indemnización, multas y costas judiciales.
Detectaron una conexión ilegal durante un allanamiento
La investigación del Ministerio Público, en coordinación con la Superintendencia de Electricidad (SIE), permitió ejecutar una orden de allanamiento en el establecimiento Sammy Liquor Store, ubicado en la avenida Isabel Aguilar.
Durante la inspección, las autoridades comprobaron la existencia de una conexión irregular consistente en una línea directa de 240 voltios, utilizada para abastecer el negocio de electricidad sin la debida facturación.
El expediente establece que, al momento de la intervención, el medidor del establecimiento permanecía suspendido por falta de pago. Sin embargo, el local continuaba recibiendo suministro eléctrico mediante la conexión ilegal, siendo De León Acosta el beneficiario del servicio.
Tribunal impone pago de más de RD$1.5 millones
La sentencia dispone que Samuel Matías de León Acosta deberá pagar RD$1,401,511.31, monto correspondiente al valor de la energía dejada de facturar, conforme a la tasación validada por la Superintendencia de Electricidad (SIE).
Asimismo, fue condenado al pago de una indemnización de RD$150,000 a favor de Edesur Dominicana por los daños y perjuicios ocasionados, además de una multa equivalente a dos salarios mínimos a favor del Estado dominicano y las costas penales y civiles derivadas del proceso.
La jueza acogió las pruebas presentadas por el Ministerio Público
La condena fue dictada mediante la sentencia penal No. 548-2026-SSEN-00194, que encontró al procesado culpable de violar los artículos 125-2, literal A, numeral 3, y 125, literal B, numeral 4, de la Ley General de Electricidad No. 125-01, en perjuicio de Edesur Dominicana y del Estado dominicano.
La decisión fue emitida por la jueza Wendy Polanco Santos, de la Tercera Sala Unipersonal de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo Oeste, quien concluyó que las pruebas aportadas por el órgano acusador demostraron la responsabilidad penal del imputado.
Cumplirá reglas para mantener suspendida la pena
Aunque la condena impuesta es de tres años de prisión, el tribunal dispuso la suspensión de su ejecución bajo determinadas condiciones.
Entre las reglas establecidas figura mantener un domicilio fijo y notificar cualquier cambio de residencia al Juez de la Ejecución de la Pena de Santo Domingo durante el período de cumplimiento.
La sentencia advierte que, si el condenado incumple las condiciones impuestas por el tribunal, deberá cumplir la pena privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras, ubicado en el municipio San Antonio de Guerra, provincia Santo Domingo.
Con esta decisión, las autoridades reiteran la aplicación de las sanciones previstas en la Ley General de Electricidad para combatir el fraude eléctrico, una práctica que genera pérdidas económicas al sistema energético y afecta tanto a las empresas distribuidoras como al Estado dominicano.
