Poder Judicial aclara alcance de movimientos internos de jueces


Las medidas no implican traslados y aún pueden ser objeto de recursos

Santo Domingo.- El Consejo del Poder Judicial (CPJ) aclaró este martes que los recientes movimientos internos aprobados para determinados órganos judiciales no constituyen traslados de jueces, sino reasignaciones dentro de los mismos tribunales, adoptadas para mejorar la organización y el funcionamiento del servicio de justicia.

La precisión surge a raíz de informaciones difundidas sobre decisiones administrativas recientes del organismo, cuyo alcance, según explicó el Poder Judicial, requiere ser entendido dentro del marco de las normas que regulan la carrera judicial.

De acuerdo con la institución, la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014 conoció, entre otros asuntos, movimientos internos de organización del servicio judicial propuestos por la Dirección General de Administración y Carrera Judicial.

Estas medidas tienen como propósito fortalecer el equilibrio en la distribución de la experiencia jurisdiccional, especialmente después de los recientes ascensos y cambios de jerarquía registrados en distintos órganos judiciales.

Reasignaciones dentro del mismo tribunal

El Poder Judicial explicó que las decisiones corresponden a una reconformación interna de salas en determinados órganos colegiados. Para definirlas fueron consideradas las necesidades del servicio y la distribución de la carga de trabajo, además de otros elementos relacionados con la organización más adecuada de los tribunales.

En ese contexto, la institución hizo énfasis en la diferencia entre una reasignación interna y un traslado judicial.

Según la explicación oficial, el traslado, previsto en la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial, supone que un juez o jueza pase de un tribunal a otro. En cambio, las medidas adoptadas mediante la resolución CPJ-2026-RECA-014 se limitan a cambios de asignación dentro de un mismo tribunal.

Por tanto, los magistrados involucrados permanecen en la misma cámara, jurisdicción, especialidad y categoría judicial. No son destinados a otros órganos jurisdiccionales ni pasan a ejercer funciones en materias diferentes a aquellas en las que actualmente se desempeñan.

Las decisiones todavía no son definitivas

Otro aspecto destacado por el Consejo del Poder Judicial es que los movimientos aprobados todavía no tienen carácter definitivo.

La institución indicó que los procedimientos permanecen abiertos debido a que aún están vigentes los plazos legales para la presentación y conocimiento de eventuales recursos de reconsideración, conforme a las garantías del debido proceso administrativo.

De esta manera, el CPJ llamó a diferenciar las figuras jurídicas involucradas y evitar que las decisiones sean interpretadas como traslados de jueces cuando, en realidad, se trata de una reorganización interna del servicio.

El organismo sostuvo que ofrecer esta precisión contribuye a una mejor comprensión de sus decisiones administrativas y permite que las discusiones públicas sobre el funcionamiento de la justicia se desarrollen con información completa y contextualizada.

Asimismo, destacó que la transparencia institucional depende también de que las actuaciones administrativas sean analizadas conforme a su verdadero alcance jurídico, particularmente cuando se trata de decisiones relacionadas con la organización de los tribunales y la carrera judicial.

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