Envían a juicio a teniente coronel acusado de matar una joven en Mirador Sur


El militar está acusado de homicidio voluntario contra Licairis Yalibes Díaz Valenzuela

SANTO DOMINGO.– El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dictó auto de apertura a juicio contra el teniente coronel del Ejército Samuel Elías Céspedes Valdez, acusado por el Ministerio Público de provocar la muerte de la joven Licairis Yalibes Díaz Valenzuela el pasado 25 de enero en el parque Mirador Sur.

De acuerdo con la acusación, el imputado, quien mantenía una relación sentimental con la víctima, habría utilizado un arma de fuego durante una discusión entre ambos, provocándole una herida mortal.

Por este hecho, el 28 de enero la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional le impuso tres meses de prisión preventiva, medida solicitada por el Ministerio Público y dictada por el juez Rigoberto Sena. El imputado fue enviado al Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.

Ministerio Público sostiene que no fue accidental

Según la acusación, agentes policiales acudieron al parque Mirador Sur luego de recibir una alerta y encontraron a la joven sin vida. El levantamiento del cadáver estuvo a cargo de un médico legista del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que certificó como causa de muerte una herida provocada por proyectil de arma de fuego.

El Ministerio Público sostiene que la trayectoria del proyectil resulta incompatible con un hecho accidental, versión que habría planteado inicialmente el imputado. Las evidencias recopiladas durante la investigación llevaron al órgano persecutor a calificar el caso como homicidio voluntario.

El juez Deiby Antonio Timoteo acogió la solicitud del Ministerio Público y ordenó la apertura a juicio. Durante la investigación, el arma de fuego utilizada en el hecho fue entregada voluntariamente y quedó bajo custodia de las autoridades.

La acusación fue presentada por el Ministerio Público, representado por la procuradora general de Corte de Apelación del Distrito Nacional, Santa Matilde Reyes Valenzuela, bajo los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano.

Previous AIRD pide mejores condiciones arancelarias para exportadores
Next Vítor Atallah destaca preparación de RD ante emergencias y plantea tres pilares para fortalecer sistemas de salud resilientes