
Las reasignaciones mantienen a los jueces en el mismo tribunal, cámara, especialidad y categoría
El Consejo del Poder Judicial (CPJ) aclaró el alcance de las recientes decisiones administrativas relacionadas con movimientos internos de jueces, precisando que las medidas aprobadas corresponden a reasignaciones dentro de un mismo tribunal y no a traslados, como establece la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial. La explicación está contenida en relación con la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014.
La aclaración busca contribuir a una interpretación adecuada de las decisiones adoptadas y evitar que los movimientos internos sean entendidos como cambios de tribunal, jurisdicción o especialidad de los jueces involucrados.
Reasignaciones dentro del mismo tribunal
Según la explicación, la resolución conoció, entre otros asuntos, movimientos internos de organización del servicio judicial propuestos por la Dirección General de Administración y Carrera Judicial.
Estas medidas fueron planteadas con el propósito de fortalecer el equilibrio en la distribución de la experiencia jurisdiccional, como consecuencia de recientes ascensos y cambios de jerarquía registrados en distintos órganos judiciales.
El CPJ precisó que las decisiones corresponden a una reconformación interna de salas en determinados órganos colegiados. Para definirlas se tomaron en consideración las necesidades del servicio y la distribución del trabajo, elementos que permitieron valorar cuál sería la conformación más adecuada para garantizar el funcionamiento de los tribunales.
La institución enfatizó que los movimientos aprobados no constituyen traslados en los términos establecidos por la legislación sobre Carrera Judicial. Mientras un traslado supone el cambio de un juez o jueza de un tribunal a otro, las medidas adoptadas implican únicamente reasignaciones dentro del mismo tribunal.
Jueces permanecen en su misma jurisdicción
Como consecuencia de estas disposiciones, los jueces y juezas involucrados permanecen en la misma Cámara, jurisdicción, especialidad y categoría judicial. Por tanto, no han sido destinados a órganos jurisdiccionales diferentes ni a materias distintas de aquellas en las que ejercen actualmente sus funciones.
El Consejo del Poder Judicial también aclaró que los procedimientos relacionados con los movimientos conocidos mediante la resolución todavía no tienen carácter definitivo, debido a que permanecen abiertos los plazos legales para la presentación y conocimiento de recursos de reconsideración.
La institución destacó la importancia de diferenciar jurídicamente entre un traslado y una reasignación interna, al considerar que esta distinción permite comprender correctamente el alcance de las decisiones administrativas.
Asimismo, sostuvo que una interpretación precisa y contextualizada de estos procesos contribuye a fortalecer la transparencia institucional y favorece que el debate público se desarrolle sobre la base de información completa y ajustada a los hechos.
