
Tribunal le impone 15 años de cárcel y una multa de 100 salarios mínimos.
El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó una condena de 15 años de prisión y el pago de una multa de 100 salarios mínimos contra una mujer hallada culpable de explotar sexualmente a sus dos hijas menores de edad.
El proceso judicial, coordinado por la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT), se resolvió con éxito gracias a la cooperación jurídica internacional y al intercambio de información penal con el FBI de Estados Unidos, bajo los lineamientos de la Convención de Palermo, tras descubrirse el envío de material explícito desde el país a cambio de remesas económicas.
Investigación digital y transferencias financieras
El origen de la investigación penal se produjo luego de que el FBI y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos remitieran de forma voluntaria documentación digital a la PETT. Estas evidencias se obtuvieron durante el análisis forense del teléfono celular del ciudadano estadounidense Daniel Batista, quien ya cumple una sentencia de 18 años de cárcel en el estado de Nueva York por posesión de material de abuso sexual infantil.
Los informes técnicos demostraron que la imputada fotografiaba y desnudaba de forma recurrente a sus dos hijas, así como a otras niñas de su entorno familiar y social. Las imágenes de contenido sexual de las menores de edad eran enviadas por la mujer desde territorio dominicano hacia los Estados Unidos a solicitud de Batista, quien pagaba por este material mediante el envío constante de remesas de dinero.
Debido a la condición de vulnerabilidad de las víctimas menores de edad, el Ministerio Público dominicano aplicó de forma estricta los protocolos internacionales de protección de testigos y asistencia. Con estas medidas de seguridad se resguardó la identidad y la integridad de las niñas afectadas durante el desarrollo de la investigación penal y todo el proceso de juicio legal.
Sustento legal y dictamen del tribunal
La acusación formal ante los tribunales estuvo respaldada por el trabajo de la procuradora fiscal Aleika Almonte, con el apoyo operativo de la agencia investigativa Dictot y la Unidad de Investigaciones de la PETT, mientras que la litigación en el juicio fue ejecutada por las fiscales Almonte y Noelia Tavera.
Las magistradas basaron sus argumentos en la Ley núm. 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, norma con la cual el país cumple los compromisos del Protocolo de Palermo.
El tribunal penal, integrado por los jueces Keila Pérez, Arisdeilis Méndez y Francis Hernández, validó las pruebas presentadas y declaró la culpabilidad de la mujer.
El fallo judicial determinó la violación del artículo 24 de la Ley núm. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, junto a los artículos 25, 26, 409, 410 y 411 de la Ley 136-03 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
