
Decreto 502-26 autoriza prohibir ingreso de mercancías producidas con explotación
El presidente Luis Abinader dispuso la entrada en vigor del Decreto núm. 502-26, que establece el procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías, productos y bienes elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso.
La iniciativa busca fortalecer la protección de los derechos humanos y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.
La disposición faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) para prohibir, mediante una decisión motivada, la importación de mercancías cuando se determine que su producción estuvo vinculada al trabajo forzoso.
La medida también alcanza productos que ya hayan zarpado hacia el país, permanezcan en puertos o estén sometidos a cualquier régimen u operación aduanera antes de su ingreso definitivo al territorio nacional.
De acuerdo con el decreto, una vez determinada la prohibición, la autoridad aduanera podrá ordenar la reexportación de las mercancías al país de origen o a otro destino autorizado.
Asimismo, tendrá la facultad de disponer su destrucción o aplicar cualquier otra medida contemplada por la legislación vigente, según corresponda en cada caso.
La normativa también instruye a la DGA a crear y mantener un registro administrativo de las mercancías, productos y bienes cuya importación haya sido restringida por haber sido identificados como resultado de prácticas de trabajo forzoso.
Otro de los ejes de la disposición es el fortalecimiento de la cooperación internacional. El decreto promueve el intercambio de información y la adopción de buenas prácticas entre organismos y autoridades de otros Estados, con el propósito de identificar mercancías potencialmente producidas bajo condiciones de explotación laboral y reforzar los mecanismos de control en el comercio internacional.
Además, la medida establece una coordinación interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y las demás entidades competentes.
El objetivo es fortalecer las acciones de prevención, vigilancia y control relacionadas con el ingreso de mercancías al país.
Con este decreto, el Poder Ejecutivo incorpora un procedimiento específico para restringir el acceso al mercado dominicano de bienes vinculados al trabajo forzoso, consolidando los mecanismos de supervisión aduanera y la cooperación entre las instituciones responsables del comercio internacional y la protección de los derechos humanos.
