La entrada en vigor del nuevo Código Penal hace impostergable aprobar una moderna Ley de Medios


La ausencia de una legislación moderna sobre medios crea incertidumbre jurídica para periodistas y comunicadores ante la aplicación del nuevo Código Penal.

La entrada en vigor del nuevo Código Penal abre un nuevo escenario jurídico para la República Dominicana. Sin embargo, junto con las expectativas que genera la actualización del sistema penal, también surge una preocupación legítima: el país continúa sin una legislación moderna que establezca de manera clara los derechos, deberes y garantías de los periodistas, comunicadores y medios de comunicación frente a las nuevas realidades del ejercicio informativo.

Esta ausencia normativa convierte en una necesidad urgente que el Congreso Nacional retome la discusión y apruebe una Ley de Medios de Comunicación y Ejercicio del Periodismo, capaz de armonizar la protección de los derechos fundamentales con las responsabilidades inherentes a la actividad informativa.

La Constitución dominicana reconoce en su artículo 49 la libertad de expresión e información como un derecho fundamental. Asimismo, garantiza el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir informaciones por cualquier medio, sin censura previa, salvo las responsabilidades que establezca la ley. Este principio también está protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumento internacional que forma parte del bloque de constitucionalidad dominicano.

No obstante, el ejercicio cotidiano del periodismo enfrenta desafíos que trascienden las garantías constitucionales. La realidad demuestra que quienes investigan hechos de corrupción, crimen organizado, violaciones a derechos humanos o asuntos de interés público suelen quedar expuestos a amenazas, intimidaciones, demandas abusivas o presiones que buscan limitar la circulación de información.

Precisamente por ello resulta indispensable contar con una legislación especializada que establezca con precisión el alcance de la libertad de prensa, las responsabilidades derivadas del ejercicio profesional y, sobre todo, los mecanismos de protección para quienes cumplen la función social de informar.

Actualmente, buena parte del régimen jurídico aplicable a la prensa continúa sustentándose en la Ley núm. 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, promulgada en 1962. Aunque representó un importante avance para su época, muchas de sus disposiciones responden a un contexto comunicacional completamente distinto al que vive hoy la sociedad dominicana.

La irrupción de los medios digitales, las plataformas sociales, los creadores de contenido, la inteligencia artificial y la inmediatez de la información han transformado profundamente el ecosistema mediático. Sin embargo, el país aún carece de un marco legal integral que responda a esas nuevas dinámicas.

La aprobación del nuevo Código Penal hace aún más evidente esa necesidad. Si bien corresponde al Estado proteger a la ciudadanía frente a conductas que lesionen derechos fundamentales, también es cierto que las normas penales no deben convertirse en instrumentos que generen incertidumbre sobre el ejercicio legítimo del periodismo.

El derecho penal constituye la herramienta más severa con que cuenta el Estado y, precisamente por ello, su aplicación debe estar acompañada de reglas claras que permitan distinguir entre una actuación periodística realizada de buena fe y conductas verdaderamente dolosas que puedan afectar el honor, la intimidad, la dignidad o la seguridad de las personas.

Una ley de medios moderna debe establecer ese equilibrio. No se trata de crear privilegios para periodistas o comunicadores, sino de reconocer la función democrática que desempeñan al servir como intermediarios entre los hechos de interés público y la ciudadanía.

Informar constituye una actividad esencial para el fortalecimiento del Estado social y democrático de derecho. Una sociedad bien informada puede ejercer mejor el control ciudadano, exigir transparencia y participar con mayor responsabilidad en los asuntos públicos.

Al mismo tiempo, esa legislación debe reafirmar que la libertad de expresión no es un derecho absoluto. Quienes utilizan los medios de comunicación también tienen el deber de actuar con responsabilidad, verificar la información, respetar la dignidad humana, evitar la difusión deliberada de falsedades y observar principios éticos que fortalezcan la credibilidad de la profesión.

El propio Estado tiene la obligación constitucional de proteger a la población frente a quienes hacen un uso irresponsable de los medios de comunicación, difunden información falsa con intención maliciosa o lesionan derechos fundamentales de terceros. Ese objetivo resulta legítimo dentro de un Estado democrático.

Pero esa misma responsabilidad estatal también exige garantizar la protección de los periodistas y comunicadores frente a las amenazas derivadas de su labor profesional.

No puede perderse de vista que informar sobre corrupción administrativa, narcotráfico, crimen organizado, violencia o conflictos políticos implica riesgos reales. En numerosos casos, periodistas dominicanos han sido objeto de intimidaciones, agresiones, campañas de descrédito o demandas judiciales cuya verdadera finalidad parece ser desalentar investigaciones periodísticas.

Una legislación moderna debería incorporar mecanismos específicos para prevenir esas situaciones, fortalecer la protección de las fuentes periodísticas, reconocer el secreto profesional, establecer garantías frente a represalias indebidas y promover procedimientos judiciales compatibles con los estándares internacionales sobre libertad de expresión.

Asimismo, el Congreso Nacional tiene la oportunidad de impulsar una normativa que contribuya a ordenar el nuevo ecosistema digital, diferenciando claramente las responsabilidades de los medios de comunicación tradicionales, las plataformas digitales, los generadores de contenido y quienes ejercen profesionalmente el periodismo.

Ese marco permitiría ofrecer mayor seguridad jurídica tanto a los comunicadores como a los ciudadanos que reclaman una información veraz, oportuna y responsable.

La discusión no debe plantearse como una confrontación entre libertad de prensa y protección de derechos. Ambos principios pueden coexistir cuando existen reglas claras, instituciones fuertes y una legislación equilibrada.

La democracia necesita medios libres, pero también medios responsables. Del mismo modo, necesita periodistas protegidos para investigar sin temor y ciudadanos protegidos frente a los abusos que eventualmente puedan cometerse desde cualquier plataforma de comunicación.

La aprobación del nuevo Código Penal representa una oportunidad para completar ese proceso de modernización institucional. Resultaría contradictorio actualizar el régimen penal sin revisar simultáneamente el marco jurídico que regula uno de los derechos fundamentales más importantes en una sociedad democrática: la libertad de informar.

Por ello, el Congreso Nacional tiene ante sí una responsabilidad ineludible. La aprobación de una Ley de Medios de Comunicación y Ejercicio del Periodismo ya no puede seguir postergándose. Se trata de dotar al país de una legislación moderna, equilibrada y respetuosa de la Constitución, que fortalezca la libertad de expresión, proteja a los ciudadanos frente a los excesos informativos y garantice que quienes ejercen el periodismo puedan cumplir su misión con independencia, seguridad jurídica y pleno respeto al Estado de derecho.

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